Términos y Condiciones

TÉRMINOS Y CONDICIONES PARA CORREDORES DE CHITA COLOMBIA S.A.S.

El objeto de los presentes términos y condiciones (los “Términos y Condiciones”), es regular la actividad de los intermediarios o corredores (el/los “CORREDOR(ES)”) que refieran clientes a Chita Colombia S.A.S., (en adelante “CHITA”), para la realización de operaciones de factoring en la plataforma de CHITA, ubicada en el dominio www.chita.com.co (en adelante la “Plataforma”).

1. CHITA pagará al CORREDOR una comisión de COP$300.000 por empresa válida referida como CLIENTE y operada exitosamente en la Plataforma. El monto a pagar por empresa puede ser modificado por CHITA y dicha modificación será válida a partir de la fecha en que esta sea comunicada por esta misma vía.

2. Son válidas para ser referidas todas las empresas que no hayan sido referidas previamente, y que no hayan operado ni enviado solicitudes de financiamiento previamente en CHITA. El sistema no permitirá referir empresas que no cumplan con este criterio. No serán válidas para ser referidas empresas relacionadas con el CORREDOR donde este tenga participación o tenga la calidad de empleado, ejecutivo o administrador.

3. Es imprescindible haber registrado correctamente el email del contacto de la empresa referida ya que será la única forma de asignar las comisiones correspondientes a cada CORREDOR. Asimismo, es imprescindible que el teléfono de contacto esté correcto.

4. El CORREDOR podrá a su vez referir otros corredores referidos a CHITA (en adelante los “CORREDORES REFERIDOS”). Serán válidos para ser referidos como CORREDORES REFERIDOS aquellas personas que no se hayan previamente inscrito en CHITA y que no hayan sido previamente referidos por otro CORREDOR. No serán válidos los CORREDORES REFERIDOS que sean parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad o afinidad, ni primero civil del CORREDOR que refiere.

5. CHITA pagará al CORREDOR una comisión de COP$40.000 por cada empresa referida en forma válida por alguno de sus CORREDORES REFERIDOS, que se financie exitosamente en la Plataforma de CHITA. El monto a pagar por comisión por concepto de CORREDORES REFERIDOS puede ser modificado por CHITA y dicha modificación será válida a partir de la fecha en que esta sea comunicada por esta misma vía. En el caso de AGENTES REFERIDOS por otros AGENTES, no serán válidas para ser referidas empresas relacionadas con el AGENTE referidor donde este tenga participación o sea parte de los ejecutivos.

6. Es imprescindible haber registrado correctamente el mail del CORREDOR REFERIDO ya que será la única forma de asignar las comisiones correspondientes a cada CORREDOR. Asimismo, es imprescindible que el teléfono de contacto esté correcto.

7. Se considera como operada exitosamente, una empresa que envía una solicitud de financiamiento, aprobada por FINAMCO S.A.S. o los compradores de facturas en la Plataforma de CHITA, que negocia el endoso de las facturas por medio de esta Plataforma y donde la empresa recibe el anticipo del pago de su factura. Adicionalmente, para que la empresa referida sea operada exitosamente, debe  ineludiblemente realizar la operación por la Plataforma, ubicada en el dominio www.chita.com.co a través de la cuenta de usuario correspondiente al mail indicado al momento de referir.

8. El plazo de pago de las comisiones ganadas a un CORREDOR es de 23 días hábiles desde el financiamiento efectivo de la empresa referida, mediante transferencia electrónica a una cuenta bancaria cuyo titular tenga el número de identificación del CORREDOR e indicada por este. En caso de no contar con cuenta bancaria, se podrá solicitar emisión de un cheque a nombre del CORREDOR en las dependencias de CHITA.

9. La comisión se pagará contra cuenta de cobro dirigida a CHITA por el CORREDOR. Para el pago de la comisión, el CORREDOR deberá demostrar la afiliación al Sistema de Seguridad Social Integral (SSSI) y el aporte al sistema por medio de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes – PILA, con ingreso base de cotización (IBC) como mínimo igual a las comisiones percibidas.

10. Chita declara que los CORREDORES son personas independientes y no forman parte de los empleados de CHITA.

11. El CORREDOR acepta recibir notificaciones vía correo electrónico y SMS para guiarlo en los próximos pasos e indicarle el estado de sus referidos.

12. La validez de esta oferta y programa de referidos presupone en todo momento una evaluación previa de antecedentes referentes a identidad, riesgos y en materia de compliance por parte de Chita Colombia S.A.S y FINAMCO S.A.S tanto del CORREDOR, del referido y/o del CORREDOR referido. Atendido lo anterior, en caso de que dicha evaluación no sea favorable, Chita Colombia S.A.S y FINAMCO S.A.S se reserva el derecho de aplicar esta promoción, toda vez que la revisión favorable de estos antecedentes constituye un requisito de validez para este ofrecimiento.

13. Producto de todo lo expuesto, el aceptante de estos términos libera de toda responsabilidad a Chita Colombia S.A.S y FINAMCO S.A.S por cualquier problema, conflicto o situación que pudiera generarse con el referido contactado, argumentando que en todo momento la obtención y entrega de esta información es lícita y que el contacto al referido no constituirá ningún inconveniente respecto a la información compartida, comprometiéndose además a mantener en ese sentido, indemnes Chita Colombia S.A.S y FINAMCO S.A.S por cualquier dificultad.

14. Chita Colombia S.A.S se reserva el derecho de dar de baja a cualquier CORREDOR que no cumpla con los criterios establecidos.